Unicaja

Caso Osetkowski: su expediente se archiva y no habrá sanción de momento

El pívot californiano se libra de una suspensión al menos a corto plazo. Podría reabrirse en un futuro, pero el proceso partiría de cero.

Osetkowski, esta temporada.
CARLOS DIAZ RECIO | DiarioAS
Actualizado a

Importante novedad en la situación de Dylan Osetkowski y esa nube negra que rondaba al californiano desde ese positivo en diciembre de 2023. El expediente sancionador del californiano se ha archivado al haberse expirado los plazos. No es el cierre del caso, pero en el corto plazo no habrá castigo, y se reiniciaría todo el proceso si vuelve a abrirse ese expediente en un futuro.

Para el devenir deportivo del californiano, una claridad beneficiosa, porque su futuro estaba condicionado a esa sanción que durante un grueso de la temporada se daba por hecha. También en el seno del Unicaja, aunque en el club malagueño no se manejaron certezas. Ha sido un asunto agotador en el último año y medio en la entidad.

Caso Osetkowski: su expediente se archiva y no habrá sanción de momento
Osetkowski, con Ibon en un entrenamiento.MARIANO POZO

Podrá acabar la temporada, y qué oportunidad más sugerente que jugar en el Palau este viernes y mantener vivo al equipo malagueño en el playoff, ante un Barça que paró su fichaje el pasado verano ante esa amenaza de sanción. El club azulgrana iba a abonar los 800.000 euros de cláusula, pero frenó la operación a última hora. Ahora Osetkowski, con contrato hasta 2026, puede romper este verano su contrato por una cantidad simbólica (unos 50.000 euros) y la intención es dar el salto. Es una noticia que seguro abrazan peces gordos de Euroliga. El Unicaja intentó renovar al jugador, pero la respuesta fue negativa.

“Solo por última vez para disipar las numerosas narrativas falsas e inexactas sobre Dylan Osetkowski, así como los rumores sobre sus ‘sanciones’, ‘prohibiciones’ o asuntos similares que han circulado en las plataformas de baloncesto en los últimos meses. Ninguno de estos eventos ocurrirá”, decía Dragan Jankovski, uno de los agentes del pívot californiano, en las redes sociales.

No significa que su caso quede sin sanción, pues según el artículo 42.3 de la Ley, se aclara que “la caducidad que se hubiere acordado no impedirá iniciar un nuevo procedimiento sancionador dentro del plazo legal de prescripción de la correspondiente infracción. La caducidad no producirá por sí sola la prescripción de las acciones del particular o de la istración, pero los procedimientos caducados no interrumpirán el plazo de prescripción. En todo caso, en el nuevo procedimiento deberán cumplimentarse los trámites de alegaciones, proposición de prueba y audiencia al interesado”.

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